Guarda de Caza

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A los Guardas de Caza corresponde desempeñar las funciones de Guardas Rurales y, además, las de vigilancia y protección en las fincas de caza en cuanto a los distintos aspectos del régimen cinegético y espacios de pesca fluvial.

Los Guardas de Caza podrán proceder a la retirada u ocupación de las piezas cobradas y los medios de caza y pesca, incluidas armas, cuando aquéllos hubieran sido utilizados para cometer una infracción, procediendo a su entrega inmediata a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes.

Los guardas de caza podrán desarrollar sus funciones sin necesidad de constituir o estar integrados en empresas de seguridad, prestando sus servicios directamente a los titulares de bienes y derechos que les puedan contratar, conforme a lo que se establezca reglamentariamente, cuando se trate de servicios de vigilancia y protección de explotaciones agrícolas, fincas de caza, en cuanto a los distintos aspectos del régimen cinegético.

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Las funciones de los guardas de caza únicamente podrán ser desarrolladas vistiendo el uniforme y ostentando el distintivo del cargo que sean preceptivos y que no podrán confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Para realizar el curso de Guarda de Caza, es necesario estar en posesión del título de Guarda Rural o en proceso de conseguirlo. Si no se tuviera el título de Guarda Rural, se podría realizar primero el curso de Guarda Rural, o realizar nuestro curso completo, que incluye los dos cursos: Guarda Rural y Guarda de Caza.

Próximos Cursos de Guarda de Caza

Si deseas realizar un curso de Seguridad Privada, pero no aparece en la lista anterior de los Próximos Cursos o la fecha que aparece no te viene bien, ¡no te preocupes!. Selecciona el curso que deseas realizar del panel desplegable que encontrarás a continuación y dale a "Apuntarme al Próximo Curso", rellena el formulario y envíalo.

Al recibir tu solicitud, nos pondremos en contacto contigo lo antes posible y te aviseramos cuando tengamos programado el próximo curso.

En la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para participar en cada una de las convocatorias, los aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos generales:

  1. NACIONALIDAD
    1. Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de un estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
  2. EDAD
    1. Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa, es decir, 65 años.
  3. HABILITACIÓN
    1. Disponer del título de Guarda Rural o estar en proceso de obtención.
    2. Poseer diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada.
    3. Poseer la capacidad física y la aptitud psicológica necesarias para el ejercicio de las funciones de guarda rural, sin padecer enfermedad que lo impida, y reunir los requisitos necesarios para prestar servicios de seguridad privada, a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas, y para prestar servicios de seguridad privada.
    4. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
    5. No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, vulneración del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores.
    6. No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.
    7. No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
    8. No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
    9. No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores.
  4. TITULACIÓN
    1. Estar en posesión de título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales o superiores.

Si en algún momento del procedimiento, desde la publicación de la lista de convocados hasta la publicación de la lista de los declarados aptos, se tuviere conocimiento de que algún aspirante no posee la totalidad de los requisitos exigidos por las presentes bases de convocatoria, el Tribunal Calificador acordará su exclusión, comunicando, en su caso, a la Secretaría de Estado de Seguridad, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiera lugar.

Las pruebas se realizarán en Madrid. No obstante, el Tribunal, previo el correspondiente anuncio, podrá designar otras ciudades como sedes para la realización de las mismas, cuando así lo aconsejen razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad. En el acuerdo por el que se apruebe la lista de los participantes convocados a las pruebas, se indicará el lugar concreto, así como la fecha y hora en que se llevarán a cabo las mismas.

Los aspirantes a Guarda de Caza realizarán las pruebas que a continuación se relacionan que tendrán carácter eliminatorio:

  1. Prueba de Conocimientos teórico-prácticos que consta de dos cuestionarios
  2. Prueba de Aptitud Física

Estarán exentos de realizar el primer cuestionario de la prueba de conocimientos teórico-prácticos y la prueba de aptitud física, aquellos opositores que ya sean guardas rurales.

A continuación, se detallan cada una de las pruebas.

1. PRIMERA PRUEBA: PRUEBA DE CONOCIMIENTOS TEÓRICO-PRÁCTICOS

1.1. Primer Cuestionario

Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de sesenta preguntas ajustadas al temario que encontrará en el siguiente apartado (Temas comunes para todas las modalidades de Guardas Rurales).

1.2. Segundo Cuestionario

Los aspirantes a guardas rurales en la especialidad de guardas de caza deberán contestar por escrito a un cuestionario de veinte preguntas ajustadas al temario que figura en el siguiente apartado (Temas exclusivos para la especialidad de Guardas de Caza).

Cada una de estos cuestionarios tendrá carácter eliminatorio, debiendo superar, en su caso, el primer cuestionario para que sea calificado el segundo. Estas pruebas de conocimientos teórico-prácticos, se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de cinco en cada una de ellas para aprobar.

2. SEGUNDA PRUEBA: PRUEBA DE APTITUD FÍSICA

Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos a continuación, debiéndose superar las marcas y tiempos establecidos en el mismo, teniendo en cuenta que la no superación de alguna o alguno de ellos supone su eliminación. La calificación de esta prueba será de "Apto" o "No apto".

Para su realización los aspirantes vendrán provistos de atuendo deportivo y deberán entregar al Tribunal, antes de la realización de los ejercicios físicos, Certificado Médico Oficial, expedido dentro de los 15 días anteriores, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas. La no presentación de dicho documento en los términos expuestos, supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

La prueba de carrera de velocidad de 50 metros lisos se realizará en una pista de atletismo o cualquier zona de suelo compacto.

Posición de salida: Libre.

Ejercicio: Correr al 100 por 100 los 50 metros.

Se permiten dos intentos, sólo a los aspirantes que hagan nulo el primero.

TABLA DE FUNCIÓN
EDAD CARRERA DE VELOCIDAD 50 METROS
Hombres Mujeres
De 18 a 25 años 8,5 segundos 9 segundos
De 26 a 32 años 9 segundos 9,5 segundos
De 33 a 39 años 9,5 segundos 10 segundos
De 40 a 50 años 10,5 segundos 11 segundos
Más de 51 años 11 segundos 11,5 segundos

HOMBRES HASTA 40 AÑOS - FLEXIÓN DE BRAZOS

Las pruebas se realizarán en un gimnasio o campo de deportes.

Posición de partida: Suspensión pura con palmas al frente y total extensión de brazos. Flexión de brazos, evitando el balanceo del cuerpo y/o ayudarse con movimientos de piernas. Se considera una flexión cuando la barbilla asome por encima de la barra, partiendo siempre de la posición de suspensión pura. Se contará el número de flexiones completas. Se permiten dos intentos sólo a los aspirantes que hagan nulo el primero, considerándose como tal cualquier incidencia en su ejecución (resbalón, caída, etc.) a valorar por el miembro del Tribunal o colaborador.

MUJERES Y HOMBRES A PARTIR DE 40 AÑOS - LAMZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL

Las pruebas se realizarán en un campo de deportes y se utilizará un balón medicinal de 3 kg.

Posición de partida detrás de una línea marcada en el suelo, pies separados y simétricos, balón sostenido con ambas manos por encima y por detrás de la cabeza.

Ejecución: Lanzar el balón medicinal sujeto con ambas manos y por encima de la cabeza tan lejos como se pueda.

El lanzamiento se hace con los pies simétricamente colocados, impulsando el balón con las dos manos a la vez por encima de la cabeza. No se pueden levantar los pies del suelo. Se permite elevar los talones y plantas, siempre que las puntas de los pies estén en contacto con el suelo. Ninguna parte del cuerpo puede tocar o rebasar la línea marcada en el suelo. El lanzamiento se mide desde la línea marcada hasta el punto de caída del balón más próximo a la citada línea. El intento que no cumpla alguna de las reglas se considerará nulo. Se permiten dos intentos sólo a los aspirantes que hagan nulo el primero.

TABLA DE FUNCIÓN
EDAD FLEXIONES BALÓN MEDICINAL
Hombres Hombres Mujeres
De 18 a 25 años 3 --- 4,50 metros
De 26 a 32 años 2 --- 4,00 metros
De 33 a 39 años 1 --- 3,75 metros
De 40 a 50 años --- 4,25 metros 3,25 metros
Más de 51 años --- 4,00 metros 3,00 metros

Lugar: Gimnasio, frontón o lugar similar de suelo horizontal con una pared vertical y lisa.

Posición de partida: En pie, de costado junto a una pared vertical, con un brazo totalmente extendido hacia arriba y sin levantar los talones del suelo, el candidato marcará con los dedos, totalmente extendidos, a la altura que alcance en esta posición.

Ejecución: El candidato se separará un mínimo de 20 centímetros de la pared o aparato, saltará tan alto como pueda y marcará nuevamente con los dedos el nivel alcanzado.

Se acredita la distancia entre la marca hecha desde la posición de partida y la conseguida en el salto.

Se pueden mover los brazos y flexionar el tronco y las rodillas, pero no se puede separar del suelo parte alguna de los pies antes de saltar. Hay que realizar el salto con los dos pies a la vez. Se permiten dos intentos sólo a los aspirantes que hagan nulo el primero.

TABLA DE FUNCIÓN
EDAD SALTO VERTICAL
Hombres Mujeres
De 18 a 25 años 40 cm 35 cm
De 26 a 32 años 38 cm 33 cm
De 33 a 39 años 36 cm 31 cm
De 40 a 50 años 32 cm 27 cm
Más de 51 años 30 cm 25 cm

Lugar: Pista de atletismo o lugar llano y de suelo compacto y liso.

Posición de salida: En pie. Correr la distancia de 1.000 metros en los tiempos exigidos. Tomar el tiempo invertido. Sólo se permite un intento.

TABLA DE FUNCIÓN
EDAD CARRERA 1.000 METROS
Hombres Mujeres
De 18 a 25 años 4'30" 5'00"
De 26 a 32 años 4'45" 5'15"
De 33 a 39 años 5'00" 5'30"
De 40 a 50 años 5'30" 6'00"
Más de 51 años 5'45" 6'15"

Por resolución de esta Secretaría de Estado de Seguridad se hará pública la relación de aspirantes que, habiendo superado las pruebas y acreditado los requisitos exigidos, son declarados aptos definitivos para la habilitación en el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional, que deberán solicitar antes del transcurso de tres meses desde la publicación de dicha Resolución. Transcurrido dicho plazo, los solicitantes deberán acreditar nuevamente los requisitos.

Temas comunes para todas las modalidades de Guardas Rurales

Módulo de Derecho Constitucional

  1. La Constitución Española: Preámbulo. Título Preliminar. Título Primero: De los Derechos y Deberes Fundamentales (Artículos 15 al 19). Título II: De la Corona (Artículo 56). Título III: De las Cortes Generales (Artículo 66). Titulo IV: Del Gobierno y de la Administración (Artículos 97 y 98). Título VI: Del Poder Judicial (Artículo 117). Título VIII: De la Organización Territorial del Estado (Artículo 137).

Módulo de Derecho Civil

  1. Clasificación de los bienes. La propiedad. Usufructo: Usufructo en general. Servidumbres.

Módulo de Derecho Penal

  1. La infracción penal: Delitos y faltas, causas que eximen de la responsabilidad criminal, causas que atenúan la responsabilidad criminal, causas que agravan la responsabilidad criminal. Personas criminalmente responsables de los delitos y faltas.
  2. El homicidio y sus formas. Lesiones.
  3. Delitos contra la libertad: Detenciones ilegales y secuestros. Amenazas. Coacciones. Torturas y otros delitos contra la integridad moral. La omisión del deber de socorro.
  4. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico: Hurtos, robos, extorsión, usurpación, daños, receptación y conductas afines.
  5. Delitos sobre la ordenación del territorio. Delitos sobre el patrimonio histórico. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.
  6. Delitos de incendios. Incendios forestales. Incendios en zonas no forestales. Incendios en bienes propios.
  7. Faltas contra las personas, el patrimonio, los intereses generales y el orden público.

Módulo de Derecho Procesal Penal

  1. La denuncia. La detención y derechos del detenido.

Módulo de Derecho Administrativo Especial

  1. Legislación sobre Patrimonio Natural y Biodiversidad: Protección de espacios. Espacios protegidos Red Natura 2000: Red Natura 2000, lugares de importancia comunitaria y Zonas Especiales de Conservación, Zonas de Especial Protección para las Aves, Declaración de las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial protección para las Aves, Vigilancia y seguimiento. Otras figuras de protección de espacios.
  2. Vías pecuarias: Objeto, definición, naturaleza jurídica, tipos, conservación, creación, ampliación y restablecimiento. Desafectación y modificación del trazado. Ocupaciones y aprovechamiento en las vías pecuarias. Usos compatibles y complementarios. Infracciones.
  3. Reglamento de Epizootias. Definiciones. Circulación y transporte del ganado: Guía de origen y sanidad pecuaria, proceder en caso de que los ganados circulen sin guía, conducción por caminos, cañadas y veredas. Cartilla ganadera.
  4. Ley de Sanidad Animal: Obligación de comunicación de enfermedades de carácter epizoótico. Prevención de las enfermedades de los animales: Obligaciones de los particulares. Lucha, control y erradicación de enfermedades de los animales: Obligaciones de los particulares.
  5. Ley de Montes: Concepto de monte. Competencias de las Administraciones Públicas. Clasificación de los Montes. Régimen jurídico de los montes demaniales. Incendios forestales. Uso social del monte. Infracciones: Tipificación de las infracciones.
  6. Ley de Aguas: Objeto de la Ley. Dominio público hidráulico del Estado: Bienes que lo integran, cauces riberas y márgenes, lagos, lagunas, embalses y terrenos inundables, acuíferos, aguas procedentes de la desalación. Servidumbres legales. Usos comunes y privativos: Usos comunes, usos comunes especiales sujetos a autorización, formas de adquirir el derecho al uso privativo, extinción del derecho al uso privativo, usos privativos por disposición legal. Vertidos al dominio público hidráulico. Infracciones.
  7. Seguridad Privada: El personal de seguridad: Habilitación y formación. Funciones, deberes y responsabilidades: Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Principios de actuación. Identificación. Custodia de armas y de sus documentos. Depósito de armas. Ejercicios de tiro. Pruebas psicotécnicas. Uniformes y distintivos. Funciones de los Guardas Particulares del Campo. Arma reglamentaria. Utilización de perros. Actuación en caso de delito. Controles de acceso a inmuebles. Infracciones del personal de seguridad privada.
  8. Servicios de videovigilancia y de gestión de alarmas, previstos en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
  9. Instalaciones de seguridad, verificación y comunicación de alarmas, así como formación del personal, previstos en la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.
  10. Principios de la protección de los datos, derechos de las personas, infracciones y sanciones, previstas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  11. Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Estatal de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de videovigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.
  1. Deontología profesional: Principios de actuación, ética profesional, trato y relaciones con los ciudadanos. Apariencia externa.
  2. Relaciones con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Auxilio y colaboración, medios y métodos de enlace y comunicación. Menciones honoríficas.
  3. Régimen jurídico de los Guardas Particulares del Campo: Cometidos, ámbito territorial de actuación, régimen laboral, documentación profesional. Órganos competentes para la gestión y control de la actuación profesional, formación, tenencia y uso de armas de los Guardas Particulares del Campo.
  4. Primeros Auxilios.
  1. Medios de protección y prevención: Medios técnicos pasivos, seguridad física. Medios técnicos activos, seguridad electrónica. Control de accesos. La autoprotección: Técnicas de autoprotección.
  2. Identificación de personas: Técnicas de descripción de personas y cosas.
  3. La detención. Formalidades y procedimientos. Cacheos, registros y esposamientos. La conducción y custodia de detenidos.
  4. Recogida y protección de pruebas de infracciones delictivas o administrativas.
  5. Topografía: Elementos geográficos. Mapas, cartas, planos y croquis. El terreno: Principales accidentes del terreno. Curvas de nivel. Vertientes, divisorias y vaguadas. Métodos de orientación (GPS, brújula, etc). Escalas. Coordenadas.
  6. Incendios forestales: Teoría del fuego, fases del fuego, causas de los incendios forestales, tipos de incendios, prevención, extinción, acciones.
  1. Aparatos técnicos de comunicación y orientación que puedan ser utilizados en la práctica del servicio: Radioteléfonos, emisoras, teléfono móvil.
  2. Manejo y conservación del arma: Interrupciones más frecuentes, conservación y limpieza. Técnicas de Tiro: Fundamentos básicos, postura de tiro, empuñamiento, toma de elementos de puntería, presión sobre el disparador, errores más frecuentes. Normas de seguridad en su manejo.
  3. Técnicas de empleo de la defensa. Característica de la defensa. Casuística de su utilización.
  1. Montar y desmontar el arma.
  2. Tiro de Instrucción. Prácticas de fuego real con las armas reglamentarias.
  3. Defensa personal.
  4. Detección y cacheos.
  5. Confección de planos y croquis.
  6. Denuncias: Redacción, contenido, presentación de las mismas. Redacción de otros documentos: Informes, partes, notas informativas, libros- registros.
  7. Primeros auxilios.
  8. Educación Física.

Temas exclusivos para la especialidad de Guardas de Caza

Ley y Reglamento de Caza

  1. Finalidad. Acción de cazar. El cazador. Las piezas de caza. Las armas de caza.
  2. Terrenos cinegéticos. Clasificación. Terrenos cinegéticos de aprovechamiento común. Terrenos cinegéticos de aprovechamiento especial. Caza en Parques Nacionales. Refugios de caza. Reservas nacionales de caza. Zonas de seguridad.
  3. Terrenos sometidos a régimen de caza controlada. Cotos de caza. Terrenos cercados. Protección de los cultivos.
  4. Propiedad de las piezas de caza.
  5. Vedas y otras medidas protectoras.
  6. Caza con fines industriales y comerciales.
  7. Perros y caza. Aves anilladas. Monterías.
  8. Limitaciones y prohibiciones dictadas en beneficio de la caza. Conducción y suelta de piezas de caza.
  9. Responsabilidad por daños. Inclusión de medidas de evitación de los daños por parte de las especies cinegéticas. Las medidas de autoprotección, el control poblacional, el papel de los predadores en el control de las especies dañinas, la valoración y peritación de los daños.
  10. Licencias de caza. Matrículas y precintos.
  11. Cuidado y policía de la caza. Delitos y faltas a la Ley de Caza. Infracciones administrativas: Definición, clasificación y sanciones. Competencia y procedimiento sancionador.
  12. Comisos y retirada de armas.
  13. Seguro obligatorio y seguridad en las cacerías.
  14. Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Conservación de la biodiversidad. Conservación in situ de la biodiversidad autóctona silvestre: Garantía de conservación de especies autóctonas silvestres, prohibiciones para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.
  15. Catálogo Español de Especies Amenazadas, efectos de la inclusión en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, excepciones. Protección de las especies en relación con la caza y la pesca continental.
  16. Infracciones: Tipificación y clasificación de las infracciones.
  17. Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, efectos de la inclusión en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, identificación de las mismas, medidas de control, el papel de la caza en el control de las especies exóticas invasoras.
  18. La actividad del silvestrismo, regulación legal europea, nacional y autonómica. Directrices técnicas para la captura de especies.

Ley y Reglamento de la Pesca Fluvial

  1. Especies objeto de pesca. Dimensiones mínimas.
  2. Vedas. Prohibiciones por razón de sitio. Redes, artificios y procedimientos de pesca prohibidos.
  3. Concepto jurídico de la pesca. Licencias. Guardería.
  4. Procedimiento y sanciones: Competencia. Denuncias. Infracciones.
  1. Caza menor. Caza mayor.
  2. Modalidades de caza: En caza mayor, caza menor, aves acuáticas, cetrería, tradicionales.
  3. Armas de caza: Tipos, calibres y municiones.
  4. Los predadores.
  5. Especies cinegéticas: Morfología y biología, necesidades, hábitat, enfermedades. Distribución geográfica, dinámicas poblacionales, temporalidad, cría en cautividad, control de poblaciones, suelta y repoblación.
  6. Federaciones y sociedades de cazadores. Características. Reglamentación. Funcionamiento
  1. Prácticas de campo en finca natural o fluvial.
  2. Confección de denuncias de caza, pesca e infracciones medioambientales.
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