Instituciones Penitenciarias

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Se trata de una oposición 100% libre, que se convoca anualmente y donde la nota de tus exámenes, será la que determine tu acceso a la plaza.

Al ser un cuerpo que pertenece al Estado, cuando apruebes te pueden llamar a cualquier delegación de cualquier parte del territorio nacional.

El Temario consta de una serie de temas de legislación básica del estado que se exigen en bastantes oposiciones (Constitución, Ley 30/92, Estatuto Básico del Empleado Público, Informática, etc.), con lo cual el aspirante, si no aprueba la oposición, habrá estudiado un temario que le servirá para otras oposiciones, por ejemplo para auxiliares administrativos de la Xunta de Galicia o de Corporaciones locales.

En los próximos años se esperan convocatorias anuales del 100% de la tasa de reposición de efectivos, lo que sitúa por encima de las 1.000 plazas anuales estas convocatorias.

Hacemos una preparación continua para estas oposiciones, por lo cual, puedes apuntarte e incorporarte a las clases en cualquier momento.

Próximas Clases de Instituciones Penitenciarias

CURSO CIUDAD DÍAS DE CLASES MATRICULA MATERIAL PRECIO
Instituciones Penitenciarias Pontevedra
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30 € --- 105 €/mes

Si deseas apuntarte a las Clases de Preparación para las Oposiciones, pero no aparecen en la lista anterior de las Próximas Clases, ¡no te preocupes!. Selecciona las Clases de Preparación para la Oposición que deseas realizar del panel desplegable que encontrarás a continuación y dale a "Apuntarme a las Próximas Clases", rellena el formulario y envíalo.

Al recibir tu solicitud, nos pondremos en contacto contigo lo antes posible y te aviseramos cuando tengamos programado el próximo curso.

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  1. NACIONALIDAD
    1. Tener la nacionalidad española.
  2. EDAD
    1. Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa, es decir, 65 años.
  3. HABILITACIÓN
    1. Conforme a lo dispuesto en el artículo noveno de la Ley 39/1970, de 22 de diciembre, sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios, modificada por Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, se exigirá no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
  4. TITULACIÓN
    1. Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Así mismo se estará a lo previsto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada por Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, BOE de 14 de marzo, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

El proceso selectivo constará de una fase de oposición con tres pruebas de carácter eliminatorio, curso selectivo y período de prácticas.

FASE DE OPOSICIÓN

La Fase de Oposición tendrá una duración máxima de cinco meses y estará formada por los tres ejercicios siguientes, todos ellos eliminatorios:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 150 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 150 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación.

La duración del mismo será de dos horas y quince minutos. Este primer ejercicio se desarrollará en Madrid.

Este ejercicio se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.

La celebración de este primer ejercicio se realizará dentro de un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

De conformidad con lo previsto en el artículo 3.8 del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo publico para el año 2016, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este primer ejercicio en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas a contar desde su finalización.

Consistirá en resolver por escrito sobre 10 supuestos de carácter práctico, cinco preguntas con cuatro respuestas múltiples por cada supuesto, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación.

La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos. Este segundo ejercicio se desarrollará en Madrid.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.

De conformidad con lo previsto en el artículo 3.8 del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo publico para el año 2016, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este segundo ejercicio en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas a contar desde su finalización.

La calificación de la fase de oposición: En ambos ejercicios de la fase de oposición, la calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.

Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

  1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
  2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
  3. Mayor número de aciertos obtenidos en el segundo ejercicio.
  4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer ejercicio.

Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, el Tribunal adoptará las medidas oportunas, que se harán públicas en su momento, para dirimirlos.

Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos aspirantes que hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.

Estará dirigida a comprobar que no se aprecia en los aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan a continuación.

Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio. La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será calificada de "Apto" o "No Apto", siendo necesario obtener la calificación de "Apto" para poder superar esta prueba y la oposición.

Si el número de declarados "Aptos" en esta prueba fuera inferior al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros ejercicios, según el orden de puntuación obtenido.

A los efectos de favorecer la mecánica del proceso selectivo, el Tribunal podrá disponer que determinadas pruebas o parte de las mismas se realicen en la misma fecha.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

El Tribunal no podrá aprobar a un número superior de aspirantes del número de plazas convocadas.

  1. Visión. No se considerarán aptas aquellas personas que presenten alguno de los siguientes valores en su agudeza visual:
    1. Una agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, menor de 0,33.
    2. Una agudeza visual, sin gafas o lentillas, menor de 0,2 en el ojo de menor agudeza visual.
    3. Una agudeza visual binocular, con gafas o lentillas, menor de 0,8.
    4. También serán excluidas las personas que padezcan:
    5. Retinopatía.
    6. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
    7. Diplopía. Estrabismo.
    8. Glaucoma. Hemianopsia.
    9. Subluxación del cristalino, afaquia.
    10. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual.
    11. Queratitis crónica. Hemeralopia.
  2. Audición. No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente que produzca, en el oído de menor agudeza auditiva, una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 decibelios en las frecuencias entre los 1.000 y 3.000 hertzios o de 45 decibelios a 4.000 hertzios.
  3. Aparato locomotor. No serán aptas las personas que presenten:
    1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y agilidad de las extremidades, tronco y cuello o su repercusión estática.
    2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
  4. Endocrino. Serán excluidas aquellas personas que presenten:
    1. Diabetes.
    2. Delgadez extrema: Con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
    3. Obesidad: Con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.
  5. Aparato digestivo. No serán aptas aquellas personas que padezcan:
    1. Cirrosis hepática.
    2. Enfermedad inflamatoria intestinal crónica.
    3. Pancreatitis crónica.
  6. Aparato cardiovascular. No serán aptas las personas con:
    1. Insuficiencia cardiaca.
    2. Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía.
    3. Arritmias: Fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.
    4. Valvulopatías y prótesis valvulares.
    5. Aneurismas de grandes vasos.
    6. Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y varicosas.
  7. Aparato respiratorio. No serán aptas aquellas personas que padezcan enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función respiratoria. La función pulmonar se definirá por medio de la espirometría y serán excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de referencia.
  8. Sistema nervioso central. No serán aptas las personas que presenten:
    1. Parkinson.
    2. Temblores crónicos.
    3. Epilepsia.
    4. Esclerosis múltiple.
    5. Ataxia.
  9. Alteraciones psiquiátricas. No serán aptas las personas que presenten:
    1. Esquizofrenia.
    2. Trastorno bipolar. Delirio.
    3. Depresión mayor.
    4. Crisis de pánico o de angustia.
    5. Trastorno de estrés postraumático.
    6. Alteraciones de la personalidad: Paranoide, esquizoide, antisocial o trastornos límite.
    7. Trastornos afectivos (distimias).
  10. Controles analíticos. De sangre y orina:
    1. Será causa de exclusión el consumo de alcohol en grado de abuso, que ocasione alteraciones detectables en el análisis de sangre, con elevación de las transaminasas hepáticas (GOT, GPT, GGT), junto con aumento del VCM, por encima de las cifras normales de referencia. En el caso de que presenten esas alteraciones, se realizarán pruebas complementarias.
    2. Consumo de sustancias tóxicas: Opiáceos, cannabis, cocaína, barbitúricos, anfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas, estimulantes, antidepresivos (suero) y otros, que sean detectables (ellos o sus metabolitos), en el momento del reconocimiento, mediante analítica.
    3. Todas las personas que por prescripción facultativa estén siendo tratados con cualquier tipo de medicación, deberán presentar un informe médico oficial del especialista, justificando el tratamiento.
  11. Otras causas de exclusión. Serán excluidas las personas que presenten enfermedades transmisibles en actividad, hemopatías graves, malformaciones congénitas y otras patologías de cualquier órgano o sistema que, a juicio del Tribunal y previa propuesta del Médico colaborador, limiten o dificulten el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

CURSO SELECTIVO Y PERIODO DE PRÁCTICAS

Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán participar en un curso selectivo de formación que, mediante Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, establecerá el calendario, el programa en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género, así como las normas internas que regulen el curso selectivo, no superior a tres meses.

El curso selectivo se calificará como "Apto" o "No Apto". Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho al nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Las sesiones lectivas programadas tienen carácter obligatorio, y para obtener la calificación de "Apto" será requisito imprescindible que el alumno haya realizado al menos el 80 % de las jornadas lectivas del curso selectivo, requisito sin el cual no podrá comparecer al examen.

Los aspirantes que superen el curso selectivo serán nombrados para realizar un periodo de prácticas con funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en centros penitenciarios. Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas los aspirantes compaginarán el desempeño de las funciones con la formación teórica. Durante el periodo de éstas prácticas evaluables, se realizará el seguimiento necesario de la actuación de los aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación. Si durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho periodo, aún cuando el período no hubiese finalizado.

Este periodo será evaluable y calificado de "Apto" o "No Apto", será requisito imprescindible, además de ser informado como "Apto" por el órgano encargado del seguimiento en el centro penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado el 75 % del periodo de practicas en centros penitenciarios.

La duración total de ambos periodos tendrá una duración máxima de dieciocho meses.

Por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación de ambos periodos, así como el programa y las materias objeto de evaluación.

Los aspirantes, una vez finalizados y superados ambos periodos, permanecerán en los centros penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, ostentando la condición de funcionarios en prácticas, hasta la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", de su nombramiento como funcionarios de carrera.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de los aspirantes que han superado el proceso selectivo.

ORGANIZACIÓN DEL ESTADO. DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GESTIÓN DE PERSONAL Y GESTIÓN FINANCIERA.

  1. La Constitución Española de 1978: Principios generales, estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Las Cortes Generales. La elaboración de las leyes. El Defensor del Pueblo. Nombramiento y "status". Competencias.
  2. El Poder Judicial. La organización judicial. Actuaciones judiciales. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Constitucional: Composición y atribuciones. El Ministerio Fiscal.
  3. El Gobierno: El Consejo de Ministros, el Presidente del Gobierno, los Ministros, otros miembros. La Administración Periférica del Estado: Los Delegados de Gobierno, Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares, breve referencia a sus competencias.
  4. La Organización Territorial del Estado: La ordenación del territorio del Estado en la Constitución actual. Instituciones Fundamentales de las Comunidades Autónomas: La Asamblea; el Presidente y Consejo de Gobierno; el Tribunal Superior de Justicia. Comunidades Autónomas. Competencias de las mismas en materia penitenciaria.
  5. La Unión Europea: Tratados originarios y modificativos. Las Instituciones Comunitarias: El Parlamento, el Consejo, El Consejo Europeo, la Comisión, el Tribunal de Justicia, el Tribunal del Cuentas, el Banco Central Europeo. Efectos de la integración europea sobre la organización del Estado Español.
  6. Estructura orgánica del Ministerio de Interior. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Entidad Pública Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo: organización y competencias.
  7. El personal de Instituciones Penitenciarias: Los diferentes cuerpos de funcionarios. El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias: Funciones generales y funciones a desempeñar en las distintas unidades de servicio. Personal en régimen de derecho laboral.
  8. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen de incompatibilidades. La responsabilidad disciplinaria: Faltas, sanciones y ejecución de las mismas. Prescripción y cancelación.
  9. El acceso al empleo público: Principios rectores y requisitos generales. Sistemas selectivos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario público. La provisión de los puestos de trabajo. Las situaciones administrativas de los funcionarios.
  10. Los contratos del Sector Público: Conceptos y clases. Procedimiento de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos del Sector Público.
  11. Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado. Objeto. Ámbito de aplicación. Concepto de voluntariado: Derechos y deberes. Relaciones entre los voluntarios y las organizaciones en las que se integran. Medidas de fomento del voluntariado.
  12. Políticas Públicas. Políticas sociales de igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Régimen jurídico de la Dependencia: Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Normativa vigente. Administración Electrónica.
  13. La ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Objeto de la Ley. El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
  14. La actividad de las Administraciones Públicas. Normas generales de actuación: Derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con la Administración Pública. Registro y archivos. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
  15. Las fuentes del Derecho Administrativo. El principio de legalidad en la actuación administrativa. La jerarquía de las fuentes. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Recursos administrativos. Revisión, anulación y revocación.
  16. El Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. El Procedimiento Administrativo Común: Garantías y fases. El procedimiento administrativo sancionador.
  17. El Presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El presupuesto del Estado en España: Concepto y estructura. El Presupuesto como instrumento de planificación económica: Aspectos generales de las leyes de estabilidad presupuestaria.

DERECHO PENAL

  1. El Derecho Penal. Concepto, contenido y fuentes. El poder punitivo del Estado. Concepto y límites. Las garantías penales y de la aplicación de la Ley Penal. El Código Penal Español: Estructura y contenido.
  2. Delitos: Concepto y clases. Grados de ejecución. Formas de resolución manifestada. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
  3. De las personas criminalmente responsables de los delitos. Las penas: Concepto y fines. Sus clases y efectos. Las penas privativas de libertad y su desarrollo histórico. Especial referencia a la nueva pena de prisión permanente revisable.
  4. De las formas de suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad. Las penas privativas de derechos. Especial referencia a la pena de trabajos en beneficio de la comunidad. Las medidas de seguridad: Clases y aplicación. Medidas de seguridad competencia de la Administración Penitenciaria. Extinción de la responsabilidad criminal.
  5. El homicidio: Concepto y formas. Lesiones. Delitos contra la libertad: La detención ilegal y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.
  6. De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales. Delitos contra el honor: calumnia e injuria.
  7. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socio-económico. Hurtos. Robos. La extorsión. Las defraudaciones. Los daños. La receptación.
  8. Delitos contra la salud pública. Las falsedades: Falsificación de documentos públicos y oficiales. La usurpación de funciones públicas y el intrusismo.
  9. Delitos contra la Administración Pública. La prevaricación. El abandono de destino y la omisión del deber de perseguir delitos. De la desobediencia y denegación de auxilio.
  10. De la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos. Del cohecho. Trafico de influencias. La malversación. Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función.
  11. Delitos contra la Administración de Justicia. Especial referencia al quebrantamiento de condena.
  12. Delitos contra las Instituciones del Estado y la división de poderes. Especial referencia a la usurpación de atribuciones. Delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas. De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales. Atentado. Resistencia. Desobediencia.
  13. La jurisdicción penal. El proceso penal: Concepto, objeto y tipos. Las partes en el proceso penal. Los actos procesales con especial referencia a las medidas cautelares que suponen privación de libertad y a las resoluciones judiciales.
  14. El denominado procedimiento ordinario: Principios fundamentales, ámbito de aplicación y fases. El procedimiento abreviado. Especial referencia al procedimiento de "habeas corpus".
  15. Teoría general de los recursos. Los recursos de reforma, apelación, súplica, queja, casación, revisión y amparo.

DERECHO PENITENCIARIO

  1. La regulación supranacional en materia penitenciaria: Convenios, Tratados, Pactos, Declaraciones y Recomendaciones. Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa. La ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.
  2. El Derecho Penitenciario: Concepto, contenido y fuentes. Breve referencia a la evolución histórica de la legislación penitenciaria en España. La normativa penitenciaria vigente. Las líneas generales de la ejecución en nuestro ordenamiento fijadas por el artículo 25.2 de la Constitución.
  3. La relación jurídico-penitenciaria: Naturaleza y fundamento. Derechos de los internos: Clases y límites, sistema de protección y régimen de garantías. Deberes de los internos.
  4. Prestaciones de la Administración Penitenciaria. Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. Asistencia religiosa. Acción Social Penitenciaria.
  5. El Régimen Penitenciario (1): Concepto y principios inspiradores. Normas generales en la organización de un centro penitenciario. El ingreso. Las relaciones con el exterior: comunicaciones, visitas, paquetes. La participación de los internos en las actividades. Información, quejas, recursos. Las conducciones y traslados en sus diferentes modalidades.
  6. El Régimen Penitenciario (2). La seguridad en los Establecimientos Penitenciarios. La seguridad exterior: Competencia y fines. La seguridad interior: Principios generales, medidas preventivas y medidas de control. Los medios coercitivos y su aplicación.
  7. Clasificación de los distintos tipos de establecimientos y sus características. El régimen ordinario: Principios generales y características. El régimen de preventivos.
  8. El régimen cerrado: Criterios de aplicación y características. Modalidades. El régimen abierto: Objetivos, criterios de aplicación y centros de destino.
  9. El Tratamiento Penitenciario (1): Concepto, fines y principios inspiradores. La separación interior. La clasificación en grados. El principio de individualización científica. La Central Penitenciaria de Observación. La observación del interno: El papel de los funcionarios de servicio interior.
  10. El Tratamiento Penitenciario (2): Elementos y programas de tratamiento. La formación, la cultura y el deporte como elementos de los diferentes programas de tratamiento. La necesaria colaboración régimen-tratamiento para la ejecución de los programas.
  11. La relación laboral en el medio penitenciario: Características. Los distintos tipos de trabajo en el medio penitenciario. Extinción y suspensión de la relación laboral. La Entidad Pública Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. Gestión de nóminas y seguridad social de los internos trabajadores.
  12. Los permisos de salida: Concepto y naturaleza. Clases, duración y requisitos. Procedimiento de concesión.
  13. Libertad y excarcelación en sus distintas formas. El procedimiento de expulsión de extranjeros. Suspensión de la ejecución del resto de la pena y concesión de la libertad condicional: Requisitos para su concesión y revocación. Mecanismos de control de esta situación. Los beneficios penitenciarios y sus clases.
  14. Formas especiales de ejecución de la pena de prisión: Modos de internamiento, características y criterios para su asignación. El cumplimiento de la pena de prisión permanente revisable. El cumplimiento de la pena de trabajo en beneficio de la comunidad. Las suspensiones de condenas. El cumplimiento de la pena de localización permanente. Los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas.
  15. El régimen disciplinario: Principios generales y ámbito de aplicación. Clasificación de las faltas y determinación de las sanciones. Procedimiento sancionador. Ejecutoriedad. Prescripción y cancelación. Las recompensas.
  16. El control de la actividad penitenciaria por el Juez de Vigilancia: Normativa vigente. Atribución de competencias. Cuestiones procesales. Los recursos contra sus resoluciones.
  17. El modelo organizativo penitenciario: estructura y régimen jurídico. Órganos colegiados: Composición y funciones. Órganos unipersonales: Director, Subdirectores, Administrador, Jefes de Servicios. Atribuciones y horarios.
  18. El régimen administrativo de los Establecimientos Penitenciarios (1). La oficina de gestión penitenciaria: organización. El expediente personal del interno: Estructura, documentos y trámites administrativos. Sentencia y liquidación de condena: Cálculos y fechas de cumplimiento. Documentación y procedimientos de la gestión de tratamiento. El expediente personal de los penados a penas y medidas alternativas. Documentación. Trámites y procedimiento de gestión.
  19. El régimen administrativo de los Establecimientos Penitenciarios (2). Funcionamiento administrativo de la oficina de servicio interior. Redacción de partes disciplinarios, de recuento y otros. Realización de trámites relativos a las unidades de servicios de: Acceso, rastrillo, comunicaciones y visitas, ingresos y salidas, recepción y salida de paquetes y encargos. La oficina de identificación: Obtención y clasificación de los dactilogramas.
  20. El régimen económico de los Establecimientos Penitenciarios: Principios generales y régimen patrimonial. Contabilidad general. Las cuentas presupuestarias y extrapresupuestarias. Gestión de almacenes. Las formas de gestión de los servicios de economatos, cocinas, alimentación y vestuario. El peculio de los internos: formas de gestión. Las pertenencias de los internos: Administración y custodia. La oficina de habilitación: Gestión de nóminas y seguridad social de los empleados públicos. Inventario general de equipamiento, utensilio y mobiliario en un Centro Penitenciario.

CONDUCTA HUMANA

  1. Elementos de la conducta humana. Estímulos y respuestas. Refuerzo y castigo. Técnicas de evaluación de la conducta humana. La observación, la autoobservación, el auto-registro, los auto-informes y los registros psicofisiológicos. La integración de los datos de la evaluación y realización de informes.
  2. Organización social de la prisión: Control formal e informal. Código del recluso, jerga y lenguaje. Subculturas carcelarias. Fenómenos de hacinamiento y conducta del recluso. Efectos psicológicos de la reclusión. Factores determinantes. Consecuencias físicas y psicosociales. Prisionización y socialización.
  3. El comportamiento social. El concepto de asertividad. Habilidades sociales. Evaluación y medida de las habilidades sociales y sus déficits. Programas de entrenamiento en habilidades sociales y su aplicación al ámbito penitenciario. La conducta adictiva en prisión.
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